¿Qué sabes del Modelo 111?
El modelo 111 de Hacienda, es una liquidación por medio del cual las empresas y trabajadores por cuenta propia declaran las retenciones efectuadas en nóminas a empleados, facturación a terceros, premios y ciertas ganancias patrimoniales y también imputaciones de renta.
¿Quién tiene la obligación de aportar el modelo 111 de la AEAT?
Están obligados a presentar el modelo 111 todas las personas o bien entidades obligadas a practicar retenciones o bien ingresar a cuenta conforme a lo descrito en el artículo 74 del Reglamento del Impuesto de la Renta.
¿En qué momento se debe aportar el modelo 111 ante la AEAT?
Las grandes compañías y Administraciones , van a deber presentar la liquidación de IRPF por medio del modelo 111 de manera mensual del 1 al 20 de cada mes.
Los demás contribuyentes obligados a aportar el modelo 111, aportarán la autoliquidación de IRPF con periodicidad trimestral en los 20 días posteriores al final de cada trimestre:
- Primer trimestre: del 1 al veinte de abril, ambos incluidos
- Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio, los dos incluidos
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre, los dos incluidos
- Cuarto trimestre: del 1 al veinte de enero, ambos incluidos
En el caso de que el vencimiento coincida en el fin de semana o bien festivo, el plazo siempre va a ser hasta el próximo día hábil.
¿Cuál es el plazo de presentación del modelo 111 con domiciliación bancaria?
El plazo para presentar liquidaciones con resultado a ingresar mediante domiciliación concluye el día 15 de cada mes para grandes compañías. Para los demás impositores, el plazo de presentación del modelo 111 con docimiciliación comprende los días 1 al 15 de los meses de abril, julio, octubre y enero.
Del mismo modo, deber tomar en consideración el calendario de días inhábiles en las oficinas de la Agencia Tributaria.
¿De qué manera se aporta el modelo 111 de Retenciones e Ingresos a Cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas?
El modelo 111 se puede presentar a la AEAT mediante la presentación en papel o bien usando internet. Todos y cada uno de los obligados tributarios pueden escoger la modalidad de aportación que prefieran excepto grandes empresas, Administraciones públicas y las entidades con personalidad jurídica de S.A. o Sociedad de Responsabilidad Limitada que estarán obligadas a presentar el modelo 111 por vía internet.
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